México sólo restringió importación de 20 plaguicidas de los 35 asentados en el Convenio de Rótterdam, denuncia CNDH

Emir Olivares Alonso

Periódico La Jornada

Jueves 10 de enero de 2019, p. 33

Las autoridades federales fueron omisas para adoptar acciones de carácter normativo, administrativo y de políticas públicas para regulara el manejo de los plaguicidas altamente peligrosos que pueden ocasionar graves daños a la salud de las personas, afectar en forma relevante a la biodiversidad y perjudicar el medio ambiente, señaló la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Lo anterior, advirtió el organismo, constituye violación a los derechos humanos a la alimentación, al agua salubre, a un medio ambiente sano y a la salud, por lo que dirigió la Recomendación 82/2018 a los titulares de las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Josefa González Blanco; de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Villalobos Arámbula; de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, José Alonso Novelo, y del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Javier Trujillo Arriaga.

Entre julio y agosto de 2017, 43 personas interpusieron ante la CNDH escritos para inconformarse por falta de acciones de carácter administrativo, normativo y de políticas públicas para la restricción del uso de plaguicidas altamente peligrosos. Tras investigar el caso, el organismo comprobó que el marco legal y reglamentario en la materia permite la comercialización y el uso de sustancias de alta peligrosidad que pueden ocasionar un grave daño.

Encontró que existe un gran número de registros sanitarios de plaguicidas con vigencia indeterminada otorgados por la Cofepris, que incluyen sustancias cuya alta toxicidad ha sido documentada por organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la Organización Mundial de la Salud y la Red de Acción en Plaguicidas, y cuyo uso ha sido prohibido en tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, como el Protocolo de Montreal (1987) y los Convenios de Rótterdam (1998) y Estocolmo (2001).

De los 35 plaguicidas restringidos por el Convenio de Rótterdam, México prohibió la importación de sólo 20 de ellos, permite el intercambio con sujeción a determinadas condiciones para 10 y del resto no se ha pronunciado. De los 17 pesticidas incluidos en el Convenio de Estocolmo, el Estado mexicano sólo se ha adherido a las condiciones de dicho tratado para ocho de ellos, subrayó la CNDH.

La institución informó que remitirá una copia de la Recomendación al Congreso de la Unión, exhortándolo a considerar los argumentos expuestos en el documento para que se realicen las modificaciones legales necesarias a las diversas leyes que involucren el tema de plaguicidas.

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