Por daño ambiental agravado, establecen suspensión a la megagranja de Kekén en Sitilpech

Por daño ambiental agravado, establecen suspensión a la megagranja de Kekén en Sitilpech
Patricio Eleisegui
06 de noviembre de 2025
Jaltun
El Juzgado Cuarto de Distrito de Yucatán hizo lugar al reclamo promovido por la comunidad maya, que desde hace años es víctima del perjuicio socioambiental que generan las instalaciones de la porcícola. La megafactoría es acusada de violar normativas ambientales e incumplir convenios internacionales de derechos humanos. Se aguarda que los tribunales establezcan la suspensión definitiva en una próxima instancia judicial.
A muy poco de establecida la clausura total y definitiva de la factoría de cerdos que los clanes Loret de Mola y Coldwell poseen en la comunidad maya de Santa María Chi, una nueva disposición judicial hace eco con el reclamo ambiental y sanitario que vienen promoviendo los pueblos indígenas de Yucatán. Esto, en el marco de sus esfuerzos por detener la porcicultura industrial y el rasgo ultra contaminante que caracteriza a esa actividad. El Juzgado Cuarto de Distrito estatal estableció una suspensión provisional que fija la paralización inmediata de las operaciones de la megagranja que Kekén, la compañía que monopoliza el procesamiento de carne porcina en la península, opera en Sitilpech, en el municipio de Izamal.
La medida surge de un amparo promovido por integrantes de la comunidad maya con la representación jurídica del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP).
Operativa con casi 40 mil cerdos, la instalación de la firma propiedad de Grupo KUO es acusada de reiteradas violaciones a los derechos al medio ambiente sano, al agua limpia y la salud, y de incumplir convenios como el 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que entre otros aspectos establece el requerimiento de la consulta previa, libre e informada a las comunidades.
Desde el IFDP se informó que, además, “la resolución implica que únicamente podrán realizarse acciones destinadas a mantener con vida a los animales ya existentes, sin permitir el ingreso de nuevos ejemplares”.
“Las y los habitantes de Sitilpech denunciaron que la granja, denominada Kancabchén N° 2, fue instalada sin contar con licencias de funcionamiento, permisos ambientales ni consulta indígena, pese a localizarse dentro del ‘Anillo de Cenotes’, un humedal de importancia internacional reconocido por la Convención RAMSAR”, añadió la entidad.
Qué dice la resolución que pone un freno a la megagranja de Kekén
Firmado por la jueza Elsa Patricia Espinoza Salas, el texto que establece la suspensión detalla que, según la denuncia presentada por las y los habitantes de Sitilpech, la megagranja “genera olores insoportables para las personas que habitan esa comunidad, así como el uso de aguas tratadas durante las noches para riego en la zona, las que se infiltran al subsuelo kárstico, donde se encuentra el manto freático que finalmente llega a los pozos comunitarios o personales, con agua con olores y sabores malos por la contaminación generada…”.
En la misma resolución, a la que Jaltun accedió durante la tarde del miércoles, se señala que los vertidos que realiza la factoría de Kekén en Sitilpech origina “encharcamiento de aguas con heces fecales, las que al descomponerse resultan un sistema apto para la proliferación de insectos como moscos y moscas, afectando sus derechos y de la comunidad donde pertenecen, entre los que se encuentran los relativos a un medio ambiente sano, a una vida digna, al agua y al equilibrio ecológico”.
Al mismo tiempo, el IFDP expuso a través de un comunicado que, en su resolución, la jueza Espinoza Salas “subrayó que, al estar en juego derechos individuales y colectivos vinculados con la protección del ecosistema y la biodiversidad, la medida cautelar responde al interés social y busca evitar daños irreparables”.
“Esta decisión se suma a otras tres suspensiones provisionales otorgadas por los Juzgados Segundo y Sexto de Distrito en Yucatán, que ordenan a las autoridades realizar acciones de vigilancia, verificación e inspección en el ámbito de sus atribuciones, a fin de preservar el equilibrio ecológico y garantizar el respeto al derecho humano a un medio ambiente sano”, agregó.
En diálogo con Jaltun, fuentes cercanas al proceso judicial explicaron que esta suspensión provisional emerge de una demanda de amparo presentada por las y los pobladores de Sitilpech.
“Esta suspensión operará hasta que se celebre la audiencia incidental. Eso ocurrirá una vez que los tribunales reciban los informes referidos a las acciones que se denuncian. En la audiencia incidental se definirá si la medida provisional se transforma en una suspensión definitiva o, en todo caso, sigue lo dispuesto ahora o directamente se revierte el freno establecido”, comentaron las voces consultadas.
La suspensión definitiva, atada a lo que se decida en la audiencia incidental
La audiencia incidental está fijada para el viernes de esta misma semana —7 de noviembre—, pero las fuentes dan como muy probable que esa instancia se difiera. “Se celebraría en días posteriores y ahí podría tener lugar la suspensión definitiva”, expresaron.
“Los argumentos que pesaron para establecer la suspensión provisional parten de que las personas indígenas de Sitilpech residen en un ecosistema vulnerable en tanto se encuentra rodeado del ‘Anillo de Cenotes’. Además de exigir el derecho al medio ambiente sano, las y los integrantes de la comunidad denuncian afectaciones en la calidad de vida derivadas de la pestilencia que emite la megagranja”, remarcaron.
Respecto de los alcances de esta decisión judicial, y su aporte a la lucha que las comunidades indígenas mantienen contra la porcicultura industrial y sus efectos contaminantes, las voces interpeladas sostuvieron que la suspensión provisional representa una medida importante “de defensa del territorio en tanto la megagranja de Sitilpech se instaló sin seguir normas ambientales y mucho menos con consulta previa y consentimiento de la comunidad”.
“Esta situación se reproduce a lo largo de otras comunidades mayas que sufren de éste y otros tantos atropellos a su ambiente, el territorio, y su derecho a salvaguardar la biodiversidad. Lo establecido ahora por el juzgado es muy importante: es una medida que, como en el caso de Santa María Chi, puede replicarse para enfrentar situaciones de daño ambiental y social similares”, concluyeron las fuentes.
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