Juez ordena nueva consulta sobre desarrollo urbano en comunidad otomí de Edomex

Juez ordena nueva consulta sobre desarrollo urbano en comunidad otomí de Edomex
César Arellano García
Periódico La Jornada
Lunes 26 de octubre de 2026, p. 29
Un juez de distrito del estado de México concedió el amparo a una comunidad indígena otomí en el municipio de Nicolás Romero, y ordenó la reposición del procedimiento de consulta ciudadana para la modificación del Plan municipal de desarrollo urbano.
El procedimiento deberá incluir audiencias públicas, análisis de las observaciones ciudadanas y la integración de las propuestas de la comunidad indígena en el proyecto definitivo. Después de cumplir con estos requisitos, el plan podrá ser sometido nuevamente para su aprobación y divulgación.
El juzgado séptimo de distrito en el estado de México, con sede en Naucalpan de Juárez, subrayó la importancia de que las autoridades respeten el derecho a la consulta previa, informada y culturalmente adecuada, para garantizar la participación de los pueblos originarios, en decisiones que afecten su territorio.
Según los antecedentes, la comunidad otomí impugnó la aprobación del citado plan publicado el 14 de marzo de 2023, al considerar que incluía disposiciones que afectaban directamente su territorio ancestral, como la construcción de vialidades y proyectos de infraestructura que no les consultaron previamente. Argumentaron que el plan carecía de perspectiva de derechos indígenas, y promovía estrategias de despojo de recurso naturales, además de categorizar sus tierras como públicas, ignorando su carácter de territorio ancestral.
Con ello, se vulneraba su derecho a la libre determinación y participación en la toma de decisiones sobre su entorno, protegido por el artículo segundo de la Constitución y tratados internacionales.
El juez determinó que las autoridades responsables no cumplieron con su obligación de realizar una consulta previa, informada y culturalmente adecuada, conforme al marco legal nacional e internacional. Destacó que el derecho a la consulta no depende de la demostración de un daño significativo, sino de la posibilidad de que las decisiones afecten los derechos de los pueblos indígenas.
Dijo que el proceso de consulta de 2022 para modificar dicho plan, no cumplió con los estándares legales, ya que no se garantizó la participación efectiva de la comunidad otomí, por lo que la falta de información accesible y la exclusión d sus costumbres y tradiciones motivan a tomar una nueva determinación sobre el caso.
https://www.jornada.com.mx/2026/10/26/estados/029n2est